En el Perú existe un primer grupo de personas registradas ante la RENIEC con nombres como: “Nexflit”, “Bad Bunny”, “Porky”, “Spider – man”, “Profesor”, “Reina Isabel”, “Merlina”, “Reniec”, entre otros tantos nombres que resultan a todas luces extravagantes y que para muchas personas pueden sonar hasta ridículos; sin embargo, estos nombres como ejemplo se escucha en nuestro entorno llevados por emociones y gustos singulares que aterrizan en los padres quienes finalmente deciden asentarlos en la Partida de Nacimiento con estos nombres; esto genera que en el corto plazo reciban una lluvia de burlas que hace imposible lograr un normal desarrollo personal – social.
Por otro lado; existe un segundo grupo de personas que al parecer tienen un nombre o apellido nada extravagante o ridículo, pero que dicho nombre o apellido al someterse a un entorno social peculiar genera que lo vinculen, lo relacionen o comparen con personajes nada positivos; pongamos el ejemplo de Abimael sea relacionado con Abimael Guzman o Pablo Escobar con una persona que coincidente tenga este nombre y primer apellido, al relacionarlo y ejecutar actos repetitivos de burla social puede desencadenar una grave afectación a la personalidad y a la identidad de una persona.
Tenemos el tercer grupo de personas que nunca se identificaron con su nombre o apellido pues el mismo no les genera identidad, tal vez por padres que nunca estuvieron presentes cumpliendo su rol nato o múltiples razones.
Tenemos el cuarto grupo de personas que tiene un nombre o apellido oriundo que, si bien puede generarnos orgullo para muchos, pero que en determinados entornos sociales puede generar discriminación social aguda que destruye la identidad, la autoestima de una persona o inclusive de toda una familia.
Finalmente tenemos al grupo de personas transgénero, personas que conforme aparece el nombre en su documento de identidad no se sienten identificadas. Estos son algunos grupos o razones por los que un nombre o apellido puede generar para alguna destrucción de autoestima, de la identidad, obstaculizando el libre desarrollo y el derecho de vivir en un entorno sano y en paz.
¿Puedo legalmente cambiarme de nombre o apellido?
Afortunadamente SÍ podemos cambiarnos de nombre o apellido, existe base legal en el Perú y citamos algunas relevantes: la Constitución Política del Perú establece en su Art. 2.- “Toda persona tiene derecho: Inc. 1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. (…)”; Código Civil Art. 19.- “Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este incluye los apellidos”; Art. 29.- “Nadie puede cambiar su nombre ni hacerle adiciones, salvo por motivos justificados y mediante autorización Judicial, debidamente motivada e inscrita. El cambio o adición del nombre alcanza, si fuere el caso, al cónyuge y a los hijos menores de edad”. Una de varias jurisprudencias nacionales está recogida en la del Tribunal Constitucional en el Exp. No 2273-2055-PHC/TC de fecha 20/04/26; así como hay que tomar en cuenta también que existe entre otras limitaciones como lo prescribe el Código Civil en su Art. 30.- “El cambio o adición del nombre no altera la condición civil de quien lo obtiene ni constituye prueba de filiación”.
¿Quiénes pueden cambiar de nombre o apellido?
Todas las personas que tengan problemas con sus nombres o apellido, tanto mayores de edad como menores de edad; si son mayores deberán cumplir ciertos requisitos exigidos por ley y si son menores de edad mínimamente deberán tener representación de sus padres, padre o madre según sea el caso o representante del menor.
¿Cómo puedo cambiar de nombre o apellido?
Pues, la vía idónea es través de la presentación de una demanda judicial conteniendo los requisitos mínimos exigidos por ley y acompañando los medios probatorios que justifican el cambio de nombre o apellido.
Para ello deberá contactarse con VÉLEZ ABOGADOS, se le asignará un abogado experto en la materia, quien luego de una entrevista, podrá definir cuál es la justificación y argumento correcto que presentará ante el Juez para convencer al mismo a través de los medios probatorios contundentes que aportará el solicitante.
¿Cuáles son los requisitos necesarios para el cambio de nombre o apellido?
Demanda judicial con firma de abogado anexando:
- Acta de nacimiento original.
- Antecedentes policiales.
- Antecedentes judiciales.
- Antecedentes penales.
- Reporte de Central de Riesgo (INFOCORP)
- Documentos varios que justifiquen el cambio de nombre o apellido (coordinación con abogado)
- Copia simple de DNI.
Los requisitos son muy sencillos, fáciles y rápidos de obtener y nada costosos, se obtiene incluso por servicio online en el mismo día.
¿Cuánto tiempo demora el cambio de nombre o apellido?
Debemos mencionar que la demanda de cambio de nombre se sigue por la vía NO contenciosa, en consecuencia, su plazo es muy corto, en la práctica depende de la carga procesal de cada juzgado de Arequipa o el Perú; pero tenemos casos de jueces que han logrado resolver la causa en 30 días como otros en 06 meses, lo que resulta a todas luces un proceso muy rápido en el Perú.
¿Qué efectos positivos y negativos genera el cambio de nombre o apellido?
Efectos negativos, consideramos que ninguno, por lo menos que nuestra experiencia en estas causas nos hayan reportado, dado que el cambio de nombre o apellido NO modifica tu situación civil, no dejas de vincularte legalmente con tu familia, tus padres legalmente son tus padres (NO se cambia el acta de nacimiento, sólo se anota a un costado la decisión judicial), tus hermanos (as), esposa e hijos (as) lo siguen siendo, por ende la herencia siguen siendo las reclamadas tan igual como tus demás hermanos, tu situación crediticia la misma, igual tu situación judicial, a través de estas causas no se reclama ningún derecho más que la mera e inherente identidad, del cómo me presento ante los demás y sobre todo de cómo me siento yo identificado.
Los efectos positivos evidentemente son el restablecimiento de mi identidad y una nueva oportunidad social, el goce de la dignidad, el bienestar y desarrollo social y familiar. Nos sentimos orgullosos de contribuir con estas causas al cambiar rostros de tristeza y preocupación por rostros de alegría y esperanzas, pues las consecuencias son realmente satisfactorias para nuestros clientes. Al obtener tu nuevo DNI. no se requiere cambiar documentos anteriores como son diplomas, certificados, etc. Sí deberás cambiar documentos de uso futuro como son carnet profesional, licencia de conducir, tarjetas financieras (débito, crédito, otras, en estos casos comunicar a todas las entidades financieras donde tenga relación), titularidad de servicios (agua, luz, celular), iniciar trámite ante SUNARP sobre bienes muebles e inmuebles para que actualice la titularidad de dichos bienes; para todo ellos nuestros abogados están siempre dispuestos a asesorar de ser necesario pues son temas meramente administrativos que están obligados a actualizarlos.
¿Sólo puedo cambiarme un nombre o un apellido?
Pues, si partimos bajo el supuesto que tenemos problemas con el nombre o apellido, evidentemente podríamos tener problemas con ambos al mismo tiempo, el mismo que debe estar debidamente justificado, por ende podemos decir que SÍ es posible hacer:
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- Cambio de un nombre.
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- Cambio de un apellido.
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- Cambio de un nombre y un apellido.
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- Supresión de un nombre.
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- Adición de un nombre.
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- Supresión de un nombre y cambio de un apellido.
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- Adición de un nombre y cambio de un apellido.
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- Entre otros.
¿Sólo yo puedo cambiarme un nombre o apellido?
La justificación del cambio de nombre o apellido es personalísimo, sin embargo cuando existen menores de edad los efectos del cambio de nombre o apellido del padre o la madre alcanzan a dichos hijos menores, para ello debe de establecerse en la demanda también respecto a los menores; sin embargo, hay que recordar que no a todas las personas nos genera un problema un determinado nombre o apellido de allí que el problema sea personalísimo.
Sin embargo, anotamos, que hemos atendido causas de todos los hermanos afectados con el apellido el cual el Juez ha sentenciado a favor de los mismos, logrando el cambio de apellido para todos, así vemos una madre con todos sus hijos, o un padre con su menor hijo, incluso toda una familia planteando una sola demanda con la debida justificación respaldados en los medios probatorios pertinentes. Debemos finalizar mencionando que en el Perú se presentan a diario decenas de demandas de cambio de nombre o apellido; sin embargo, no todas tienen un final deseado, pues muchos abogados presentan demandas exigiendo el cambio o apellido ante un Juez, olvidando que no se trata de una simple petición, si no, que el Juez deberá valorar si la causa que tiene en sus manos merece ser amparada o no, es allí donde radica la importancia de saber argumentar/ justificar con medios probatorios contundentes para demostrar a todas luces que nuestro cliente sí merece la oportunidad de cambiar de nombre o apellido, merece pues una cierta especialidad o experiencia y no dejar a la simple confianza y suerte, pues estamos jugando con un derecho muy precisado como es LA IDENTIDAD.